MODELOS NORMALIZADOS DE
SOLICITUD DE CONCILIACIÓN, DE SOLICITUD DE EXPEDIENTE DE JURISDICCIÓN
VOLUNTARIA, DEMANDA DE JUICIO VERBAL, CONTESTACIÓN DEMANDA JUICIO VERBAL,
PROCESO MONITORIO, PROCESO MONITORIO (RECLAMACIÓN DE GASTOS COMUNES DE
COMUNIDADES DE PROPIETARIOS), PARA EL 2016, CUANDO NO SEA PRECEPTIVA LA INTERVENCIÓN DE ABOGADO Y PROCURADOR.
A) La Ley 42/2015, de 5
de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha introducido en el
artículo 438 de la LEC la previsión de que existan a disposición de los
demandados, en los casos de juicios verbales en los que sea posible actuar sin
abogado ni procurador, impresos normalizados para contestar a la demanda.
Dichos impresos deben
estar en el Juzgado a disposición de los demandados y en el Decreto de admisión
se les debe comunicar esa disponibilidad. De otra parte, la Ley 15/2015, de 2
de julio, de la jurisdicción voluntaria, en su artículo 14.3 dispone que cuando
por ley no sea preceptiva la intervención de abogado y procurador, en la
oficina judicial se facilitará al interesado un impreso normalizado para
formular la solicitud, no siendo en este caso necesario que se concrete la
fundamentación jurídica de lo solicitado.
Del mismo modo, el
artículo 141.1, párrafo 2.º de esta misma Ley 15/2015, de 2 de julio, de la
jurisdicción voluntaria, dispone que el solicitante pueda igualmente formular
su solicitud de conciliación cumplimentando unos impresos normalizados que, a
tal efecto, se hallarán a su disposición en el órgano correspondiente.
B) Por ello, con
independencia de los efectos procesales que deban producir ulteriormente,
efectos cuya determinación corresponde a los órganos jurisdiccionales, se
estima necesario, a fin de poder dar cumplimiento a lo previsto en los citados
preceptos legales, que se aprueben esos modelos normalizados para que puedan
ser facilitados por los decanatos, servicios comunes y órganos
jurisdiccionales.
C) En el Boletín
Oficial del Estado (BOE) de 28 de enero de 2016 se ha publicado el Acuerdo de 22 de diciembre de 2015, de la Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial, por el que se aprueban los modelos normalizados previstos en
las leyes de Enjuiciamiento Civil y de Jurisdicción Voluntaria.
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