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sábado, 12 de diciembre de 2009

LA NORMATIVA DE LA UNION EUROPEA; EL TRATADO DE LISBOA


A) La UNION EUROPEA, es una asociación económica y política única de 27 países democráticos europeos, cuyos objetivos son la paz, prosperidad y libertad para sus 498 millones de ciudadanos en un mundo más justo y más seguro.
Para que todo ello sea posible, los países de la UE cuentan con unas instituciones que la dirigen y adoptan su legislación. Las principales son las siguientes:

Parlamento Europeo: representa a los ciudadanos de Europa
Consejo de la Unión Europea: representa a los Gobiernos nacionales
Comisión Europea: representa el interés común de la UE.

Los tratados fundacionales que regulan la UNION EUROPEA se han modificado varias veces, en especial con motivo del ingreso de nuevos Estados miembros en 1973 (Dinamarca, Irlanda y Reino Unido), 1981 (Grecia), 1986 (España y Portugal), 1995 (Austria, Finlandia y Suecia), 2004 (Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y República Checa) y 2007 (Bulgaria y Rumanía).

Basándose en los Tratados, las instituciones de la UE pueden adoptar legislación que luego es aplicada por los Estados miembros. Para ver los textos completos de la legislación de la UE, puede consultarse EUR-Lex, el portal legislativo de la Unión Europea. Solo dan fe los actos publicados en el Diario Oficial (EUR-Lex).

El Tratado de Lisboa entró en vigor el 1 de diciembre de 2009. El Tratado dota a la UE de instituciones modernas y perfecciona sus métodos de trabajo para poder afrontar con eficacia los desafíos del mundo de hoy. En un planeta que cambia con rapidez, los europeos vuelven su mirada a la UE para resolver problemas como la globalización, el cambio climático, la evolución demográfica, la seguridad y la energía. El Tratado de Lisboa refuerza la democracia en la UE y mejora su capacidad de defender día a día los intereses de sus ciudadanos.

La legislación vigente, es el citado Tratado de Lisboa que se firmó el 13 de diciembre de 2007, y que ya ha sido ratificado por cada uno de los 27 Estados miembros, entrando en vigor el día 1 de diciembre de 2009. Sus principales objetivos son aumentar la democracia en la UE –como respuesta a las elevadas expectativas de los ciudadanos europeos en materia de responsabilidad, apertura, transparencia y participación–, e incrementar la eficacia de la actuación de la UE y su capacidad para enfrentarse a los actuales desafíos globales, como el cambio climático, la seguridad y el desarrollo sostenible.

El acuerdo sobre el Tratado de Lisboa siguió a las discusiones mantenidas para la elaboración de una Constitución. El “Tratado por el que se establece una Constitución para Europa” fue adoptado por los Jefes de Estado y Gobierno en el Consejo Europeo de Bruselas de 17 y 18 de junio de 2004, y firmado en Roma el 29 de octubre de 2004, pero nunca llegó a ratificarse.

El Tratado de Lisboa aumenta el poder legislativo del Parlamento Europeo y, de este modo, le confiere más capacidad que nunca para modelar Europa. El Parlamento queda así en pie de igualdad con el Consejo en el procedimiento de codecisión, que se ha ampliado a ámbitos como la inmigración, el presupuesto y la energía. La finalidad de ello es incrementar la responsabilidad de la UE ante sus ciudadanos.

B)
NORMATIVA EN VIGOR DE LA UNION EUROPEA:

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CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA
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VERSIONES CONSOLIDADAS DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA
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TRATADO DE LISBOA
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VERSIONES CONSOLIDADAS DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
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VERSIÓN CONSOLIDADA DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA
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VERSIÓN CONSOLIDADA DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
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PROTOCOLOS
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ANEXOS
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DECLARACIONES ANEJAS AL ACTA FINAL DE LA CONFERENCIA INTERGUBERNAMENTAL QUE HA ADOPTADO EL TTRATADO DE LISBOA
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TABLAS DE CORRESPONDENCIAS Tratado de la Unión Europea

C) Repertorio de la legislación comunitaria vigente:

Puede imprimir el capítulo del Repertorio de la legislación comunitaria vigente que le interese a partir de los ficheros pdf que figuran bajo cada capítulo. Los capítulos más voluminosos han sido divididos en varios ficheros pdf.
01 Asuntos generales, financieros e institucionales (número total de actos: 1193)
02 Unión aduanera y libre circulación de mercancías (número total de actos: 876)
03 Agricultura (número total de actos: 3027)
04 Pesca (número total de actos: 816)
05 Libre circulación de trabajadores y política social (número total de actos: 448)
06 Derecho de establecimiento y libre prestación de servicios (número total de actos: 240)
07 Política de transportes (número total de actos: 634)
08 Política de la competencia (número total de actos: 1679)
09 Fiscalidad (número total de actos: 176)
10 Política económica y monetaria y libre circulación de capitales (número total de actos: 405)
11 Relaciones exteriores (número total de actos: 3170)
12 Energía (número total de actos: 364)
13 Política industrial y mercado interior (número total de actos: 1447)
14 Política regional y coordinación de los instrumentos estructurales (número total de actos: 371)
15 Protección del medio ambiente, del consumidor y de la salud (número total de actos: 1202)
16 Ciencia, información, educación y cultura (número total de actos: 393)
17 Derecho de empresas (número total de actos: 109)
18 Política Exterior y de Seguridad Común (número total de actos: 419)
19 Espacio de libertad, seguridad y justicia (número total de actos: 562)
20 Europa de los ciudadanos (número total de actos: 18)
D) LOS TRATADOS ANTERIORES DE LA UNION EUROPEA:

El Tratado de Niza, firmado el 26 de febrero del 2001, entró en vigor el 1 de febrero de 2003. Sobre todo, reformó las instituciones para que la Unión pudiera funcionar eficazmente tras su ampliación a 25 Estados miembros en 2004 y a 27 Estados miembros en 2007. El Tratado de Niza, el antiguo Tratado de la UE y el Tratado CE han sido fusionados en una versión consolidada .

El
Tratado de Ámsterdam, firmado el 2 de octubre de 1997, entró en vigor el 1 de mayo de 1999. Modificó el texto y la numeración de los Tratados UE y CE, estableciendo la versión consolidada de ambos. Los artículos del Tratado de la Unión Europea pasaron a designarse mediante números en lugar de letras (A a S).

El
Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. El Tratado de Maastricht cambió el nombre de "Comunidad Económica Europea" por el más simple de "Comunidad Europea". También introdujo nuevas formas de cooperación entre los gobiernos de los Estados miembros (por ejemplo, en defensa y justicia e interior). Al añadir esta cooperación intergubernamental al sistema "comunitario" existente, el Tratado de Maastricht creó una nueva estructura con tres "pilares", de naturaleza tanto económica como política: es la denominada "Unión Europea" (UE).

El Acta Única Europea, firmada en Luxemburgo y La Haya, entró en vigor el 1 de julio de 1987. Introdujo las adaptaciones necesarias para completar el mercado interior.

El
Tratado de fusión, firmado en Bruselas el 8 de abril de 1965, entró en vigor el 1 de julio de 1967. Estableció una sola Comisión y un solo Consejo para las tres Comunidades Europeas entonces existentes.

El
Tratado de Roma, constitutivo de la Comunidad Económica Europea (CEE), se firmó en esa ciudad el 25 de marzo de 1957 y entró en vigor el 1 de enero de 1958. Su firma coincidió con la del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom), por lo que ambos son conocidos conjuntamente como los "Tratados de Roma".

El
Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), firmado el 18 de abril de 1951 en París, entró en vigor el 23 de julio de 1952 y expiró el 23 de julio de 2002.
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