Los medicamentos están sometidos a una estricta
regulación con el objetivo de garantizar su calidad, eficacia y seguridad. Su
dispensación se ha realizado tradicionalmente en las oficinas de farmacia,
establecimientos sanitarios privados de interés público como los define la Ley
16/1997, de 25 de abril, de regulación de las oficinas de farmacia. Entre las
funciones de las oficinas de farmacia se incluye la información y el
seguimiento de los tratamientos farmacológicos a los pacientes ya que la
dispensación de medicamentos es algo más que el suministro de un producto de
elevado consumo, y por ello debe incorporar la necesaria información
personalizada dirigida a un uso racional de los medicamentos.
La Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso
racional de los medicamentos y productos sanitarios, limitó la venta por
procedimientos telemáticos a los medicamentos no sujetos a prescripción en su
artículo 2.5 y dejó pendiente el desarrollo por el Gobierno de esta modalidad
de venta.
La venta ilegal de medicamentos al público a través de
internet supone una amenaza real para la salud pública, ya que por esta vía
pueden llegar al público medicamentos falsificados, así como medicamentos no
autorizados. Para reducir estos riesgos se ha regulado, a nivel europeo, la
venta a distancia de medicamentos en la Directiva 2011/62/UE, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, que modifica la Directiva 2001/83/CE
por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano,
en lo relativo a la prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la
cadena de suministro legal.
Mediante este real decreto se realiza el correspondiente
desarrollo reglamentario de la Ley 29/2006, de 26 de julio, así como la
incorporación al derecho interno español de la mencionada directiva en los
aspectos relativos a la venta de medicamentos de uso humano por procedimientos
telemáticos.
Esta disposición persigue un doble objetivo: proporcionar
un marco normativo para que la venta legal de medicamentos de uso humano
elaborados industrialmente no sujetos a prescripción a través de internet se
haga con las necesarias garantías sanitarias, así como permitir a los
ciudadanos identificar más fácilmente los sitios web que venden legalmente
medicamentos no sujetos a prescripción y distinguirlos de aquellos que los
venden ilegalmente.
A efectos de este real decreto, se entenderá por: Venta a
distancia de medicamentos por procedimientos telemáticos»: entrega a título
oneroso de medicamentos al público adquiridos previamente, por procedimientos
telemáticos, a través de un sitio web de una oficina de farmacia.
Por lo que únicamente podrán llevar a cabo la venta a
distancia de medicamentos no sujetos a prescripción médica por procedimientos
telemáticos aquellas oficinas de farmacia abiertas al público, legalmente
autorizadas, que hayan efectuado la notificación de esta actividad.
Solo podrán venderse, mediante este tipo de venta,
medicamentos elaborados industrialmente, no sujetos a prescripción médica, que
hayan sido autorizados de acuerdo con la normativa aplicable.
La venta debe ser realizada con la intervención de un
farmacéutico, desde su oficina de farmacia, previo asesoramiento personalizado
conforme previene la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional
de los medicamentos y productos sanitarios.
Sólo
se permitirá a farmacias con sedes físicas, que serán acreditadas mediante un
logo europeo. El proyecto prevé que sólo lleven a cabo venta a distancia de
medicamentos no sujetos a prescripción médica aquellas farmacias abiertas al
público y legalmente establecidas.
Se
pretenden dos objetivos:
1.-
Que la venta de medicamentos para uso humano se lleve a cabo con garantías.
2.-
Que los ciudadanos identifiquen fácilmente las farmacias que venden
medicamentos y que las distingan de aquellos sitios web ilegales.
Este Real Decreto no
afectará a los medicamentos sujetos a prescripción médica, ni a los productos
veterinarios ni a los productos sanitarios. Tampoco a aquellos incluidos en la
prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud con cargos a fondos
públicos.
1 comentario:
La verdad es que da miedo pensar en todos los remedios falsos que se venden por internet y el daño que pueden causar, lo peor de todo es que algunos usan esa alternativa porque su condición no les permite otra forma de comprar medicina.
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